¿Qué son
los seguros de retiro?
El
Seguro de Retiro es un producto basado en el ahorro a mediano o largo plazo,
mediante aportes periódicos que se efectúan durante la etapa de aporte,
denominada etapa activa. Estos aportes se acreditan en la póliza individual del
asegurado desde el momento de la contratación del producto hasta la edad de
retiro fijada libremente por el mismo.
Es una excelente opción para todas aquellas personas que estiman
que su haber jubilatorio no les permitirá mantener el estándar de vida actual y, por
tal motivo, desean complementarlo, o bien
para quienes desean ahorrar con fines determinados como ser el estudio
universitario de hijos o nietos, la realización de un viajes, el cambio de un
vehículo o con fines de inversión, aprovechando la excelentes rentabilidades
transferidas.
El
dinero aportado en la póliza de seguro de retiro individual se capitaliza a la
tasa de rendimiento obtenida por las inversiones realizadas por la Compañía,
existiendo en el producto una tasa mínima garantizada que permite preservar el
capital invertido.
De esta manera, el asegurado acumula hasta la edad de retiro un
fondo tal que le permitirá adquirir una renta vitalicia complementaria al haber
jubilatorio que compensará, en cierta medida, la diferencia existente entre el
salario que percibía en actividad y el importe de su jubilación.
El asegurado cuenta con la posibilidad de retirar la totalidad
de los fondos acumulados en cualquier momento de la vida de la póliza como así
también incrementar, disminuir o suspender los aportes efectuados, no generando deuda alguna con la Compañía por
dicha decisión.
En el supuesto de fallecimiento del Asegurado durante la etapa
activa, los beneficiarios designados por él serán quienes perciban la totalidad
del importe acumulado en su póliza.
Las principales características del seguro de retiro son:
* Libre
determinación del importe a aportar y de su periodicidad.
* Libre designación de
beneficiarios.
* Libre disponibilidad de
los fondos en cualquier momento de la vida de la póliza.
* Libre determinación de
la edad de retiro.
* Inembargabilidad de los fondos acumulados en la póliza.
* Los fondos acumulados
en el seguro de retiro se encuentran exentos del Impuesto a los Bienes
Personales.
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